Admiten nueva solicitud de fusión entre Claro y Digicel en El Salvador
Fuente: Revista Summa Jueves, 19 de Julio de 2012 10:20El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) admitió a trámite la nueva solicitud de concentración económica presentada por la sociedad América Móvil, propietaria de CLARO para la compra de las acciones de DIGICEL.
La solicitud anterior fue autorizada bajo condición por el CD de la SC. La empresa no aceptó el condicionamiento y decidió no continuar con el proceso.
En marzo anterior CLARO presentó una nueva solicitud, la cual ha sido admitida a trámite luego que la empresa completó la información necesaria.
La SC cuenta con un plazo de 90 días, que finalizan el 25 de septiembre, para efectuar el análisis técnico, económico y jurídico que le permita resolver si autoriza, autoriza con condiciones o deniega la concentración, según corresponda.
Sobre la condición que la SC estableció a CLARO
En 2011, cuando CLARO solicitó la autorización para la compra de Digicel, el Consejo Directivo (CD) de la SC decidió autorizar la concentración sujeta al cumplimento de condiciones “ex ante” (previas) y “ex post” (posteriores) que pretendían minimizar el impacto negativo que la operación podría producir en la competencia del mercado de telefonía móvil y garantizar así el bienestar de los consumidores.
La condición “ex ante” consistía en la renuncia de CLARO al derecho de explotación de 20 MHz del total del espectro radioeléctrico salvadoreño de telefonía móvil que posee.
Esta renuncia, en conjunto con la indicación a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) de que dicho espectro debía subastarse entre nuevos operadores, era un remedio estructural que pretendía minimizar el impacto negativo que la operación podría producir en la competencia.
Las obligaciones posteriores a la concentración buscaban mantener los beneficios al consumidor y que los niveles de rivalidad en el mercado no se vieran reducidos con la salida de DIGICEL (un impulsor de la competencia en el mercado de servicios de telecomunicaciones). Algunas de estas obligaciones fueron: presentar al Consejo Directivo (CD) de la SC un cálculo de los ahorros en costos producto de la concentración y el correspondiente plan de traslado de dichos ahorros, sin discriminación, a los usuarios de las redes CLARO y DIGICEL; informar al CD, durante un periodo de cinco años, los beneficios que los consumidores recibirían producto de la operación; mantener durante cinco años las estrategias de comercialización desarrolladas por DIGICEL; mejorar la calidad de los servicios de telefonía móvil y fija que reciben los usuarios de las empresas a concentrarse, así como de la atención de quejas, reclamos y otros.
Ante la resolución del Consejo, CLARO presentó un recurso de revisión pidiendo que la concentración fuera aprobada sin condiciones, y luego de ser analizado, el CD de la SC declaró firme la resolución dejando en pie las condiciones. El 9 de diciembre de 2011 CLARO informó por escrito a la SC que no continuaría con ese procedimiento de compra. Tres meses después, el 28 de marzo, decidió iniciar el nuevo procedimiento que está en curso.
Avances del proceso de solicitud de concentración
6 de junio de 2011: CLARO presenta solicitud de autorización de concentración económica mediante compra del 100% de las acciones de DIGICEL.
14 de junio de 2011: SC admite a trámite la solicitud.
30 de agosto de 2011: CD de la SC resuelve condicionar la autorización de la concentración.
9 de septiembre de 2011: CLARO presenta recurso de revisión. Pide que se autorice la concentración sin ninguna condición.
26 de septiembre de 2011: CD de la SC admite a trámite el recurso de revisión.
6 de octubre de 2011: CD de la SC ratifica su resolución de condicionar “ex ante” y “ex post” la concentración entre CLARO y DIGICEL.
9 de diciembre de 2011: CLARO informa por escrito a la SC que no continuaría con el procedimiento de compra.
28 de marzo de 2012: CLARO presenta nueva solicitud de autorización de concentración ante la SC.
4 de julio de 2012: SC admite la nueva solicitud de autorización de concentración.
25 de septiembre de 2012: Finaliza plazo para que la SC resuelva si autoriza, condiciona o deniega la concentración.
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