Multan con más de US$100.000 por presentar información inexacta en El Salvador
Azúcar
La Superintendencia de Competencia sancionó a la Distribuidora de Azúcar y Derivados, S. A. de C.V. (Dizucar) por falta de colaboración, al presentar de manera inexacta la información requerida en el proceso de investigación iniciado en su contra
El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia impuso a Dizucar una multa de US$101.997,75 por haber presentado, de manera inexacta, información requerida dentro del proceso de investigación que la SC realiza a dicha empresa. El monto de la multa es, a la fecha, la más alta que se ha impuesto a un agente económico por falta de colaboración.
La institución solicitó a Dizucar y a otros agentes económicos información y documentación necesaria para realizar las investigaciones pertinentes, requiriendo a Dizucar copia certificada notarialmente de los contratos de suministro de azúcar, con determinados agentes, vigentes en el año 2008, así como los vigentes a la fecha de solicitud. Dizucar presentó los contratos sin ninguna aclaración; esperó seis meses, cuando el procedimiento sancionador por prácticas anticompetitivas había avanzado sustancialmente para informar, por escrito, que tales contratos no tenían vigencia desde hacía varios años.
Al haber brindado la información de manera inexacta, ocultando que eran contratos que ya no estaban vigentes, el Consejo Directivo resolvió que Dizucar, S. A. de C. V. cometió la infracción administrativa tipificada en el artículo 38 inciso 6º de la Ley de Competencia (LC), que sanciona el no suministro de la colaboración requerida o hacerlo de manera incompleta o inexacta, ya sea deliberadamente o por negligencia.
Dizucar, S. A. de C. V tiene ocho días para efectuar el pago correspondiente, los que serán contados a partir de la fecha en la que se le notifique la resolución que declara ejecutoriada (firme) la sanción.
Antecedentes
29 abril 2010: La SC ordenó iniciar proceso sancionador contra Dizucar por supuestas prácticas anticompetitivas.
21 junio de 2011: Se abrió a pruebas este expediente.
21 junio de 2011: La SC requirió información a Dizucar y a otros agentes económicos.
07 julio de 2011: Dizucar presentó información que aparentemente cumplía con el requerimiento de la SC.
12 enero de 2012: Dizucar presentó escrito manifestando que los contratos presentados no estaban vigentes.
22 febrero 2012: La SC inició procedimiento sancionador contra Dizucar por haber brindado información inexacta.
27 febrero 2012: Dizucar presentó su defensa manifestando que sí proporcionó la información solicitada.
19 marzo 2012: El CD emitió resolución final sancionando a Dizucar por haber brindado información de manera inexacta.
27 marzo 2012: El CD declaró improcedente el recurso de revocatoria interpuesto por Dizucar y declaró ejecutoriada la resolución por medio de la cual se multó a esta empresa.
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